Defensa y asesoría fiscal
Prevención de lavado de dinero y defensa PLD
Las obligaciones de prevención de lavado de dinero dependen de la actividad y del régimen aplicable a cada empresa. Asesoramos el cumplimiento y representamos a nuestros clientes en verificaciones y procedimientos sancionadores, con una revisión de su operación y de la documentación disponible.
Agendar consultaIdentificar obligaciones a partir de la actividad
El diagnóstico requiere conocer qué operaciones realiza la empresa, quiénes participan y qué información se obtiene de clientes o usuarios. Revisamos si esas actividades se encuentran dentro del régimen de actividades vulnerables de la LFPIORPI o si corresponden a un marco sectorial distinto. Esta separación evita trasladar obligaciones de un régimen a otro y permite definir una revisión que responda a la actividad real.
Estudiamos los procedimientos internos de identificación, integración de expedientes, conservación de información y presentación de avisos que resulten aplicables. El trabajo parte de la documentación existente y de las personas responsables de producirla. Detectar diferencias entre lo que una política describe y lo que ocurre en la operación ayuda a definir ajustes que la empresa pueda ejecutar y acreditar ante una revisión.
La asesoría considera la coordinación entre las áreas comerciales, administrativas y jurídicas. Una obligación puede depender de información que circula por varios equipos; por eso revisamos cómo se registra y quién verifica su integridad. La finalidad es que los expedientes y las actuaciones de cumplimiento correspondan a hechos comprobables, con seguimiento de los requisitos vigentes que resulten relevantes para la empresa y su tipo de operación.
Verificaciones y procedimientos sancionadores
Cuando una autoridad inicia una verificación, analizamos el acto recibido, su alcance y los documentos solicitados. Organizamos la respuesta con los expedientes y constancias que corresponden a las operaciones revisadas. También examinamos las actuaciones del procedimiento, para identificar qué hechos se atribuyen a la empresa y cómo puede explicar su cumplimiento o responder a las diferencias que la autoridad señale.
En un procedimiento sancionador revisamos las infracciones imputadas, los elementos que las sustentan y la valoración de pruebas. La defensa necesita atender cada conducta y su fundamento, distinguiendo omisiones documentales de diferencias sobre el alcance de una obligación. Preparamos argumentos y soportes que correspondan al expediente, sin asumir que un manual interno o una declaración general de cumplimiento resuelven por sí solos el cuestionamiento.
Si existe una resolución adversa, evaluamos los medios de impugnación que resulten procedentes conforme a la autoridad y al régimen aplicable. A la vez, identificamos ajustes de cumplimiento que puedan prevenir la repetición de las observaciones. La revisión conjunta permite atender el procedimiento actual y entender qué información o controles requieren seguimiento, manteniendo separados los efectos de la defensa y las obligaciones que continúan vigentes.
Preguntas frecuentes
¿Todas las empresas tienen las mismas obligaciones de PLD?
Las obligaciones dependen de la actividad, las operaciones y el régimen aplicable. Es necesario distinguir las actividades vulnerables de los marcos sectoriales y revisar los requisitos que corresponden a la empresa.
¿Qué hacer si recibí un requerimiento o una multa por PLD?
Reúne el acto, su notificación y los expedientes de las operaciones señaladas. Su análisis permite identificar las obligaciones cuestionadas, la evidencia de cumplimiento y la respuesta o defensa que corresponde.
Revisemos tu situación fiscal.
Cuéntanos qué acto recibiste o qué operación necesitas revisar. La primera conversación es confidencial y sin compromiso.
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